

- Sigue la transmisión de la señal
- Canal 45.1
- Canal 45.2
- Canal 45.3
AUTONOMÍA TÉCNICA Y DE GESTIÓN
A fin de dar cumplimiento a lo señalado en el artículo 86 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, que impone obligaciones a los Concesionarios de Uso Público, se reformaron los artículos 140 y 141 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como el Reglamento del Canal del Congreso, que dotan de los mecanismos necesarios para garantizar la operación gozando de autonomía técnica, presupuestal y de gestión.
El 15 de julio de 2016, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto Expropiatorio de una porción de terreno en el Cerro del Chiquihuite del Ejido Cuautepec en favor del H. Congreso de la Unión, proceso consumado el 27 de septiembre de 2016, con la entrega de la Carpeta Básica por parte de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.
TÍTULO DE CONCESIÓN
El 23 de agosto de 2016, el Instituto Federal de Telecomunicaciones, otorgó el Título de Concesión Única para Uso Público para Prestar Servicio de Telecomunicaciones y el Título de Concesión para Usar y Aprovechar Bandas de Frecuencia del Espectro Radioeléctrico de Uso Público en favor del Congreso de la Unión.
ADQUISICIONES
Aquí encontrará información sobre las principales adquisiciones efectuadas durante el ejercicio fiscal 2021, por el Canal del Congreso.
Aquí encontrará información sobre las principales adquisiciones efectuadas durante el ejercicio fiscal 2020, por el Canal del Congreso.
Aquí encontrará información sobre las principales adquisiciones efectuadas durante el ejercicio fiscal 2019, por el Canal del Congreso.
Aquí encontrará información sobre las principales adquisiciones efectuadas durante el ejercicio fiscal 2018, por el Canal del Congreso.
Aquí encontrará información sobre las principales adquisiciones efectuadas durante el ejercicio fiscal 2017, por el Canal del Congreso.