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22 de Diciembre de 2016
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Con el objetivo de que las personas originarias de pueblos y comunidades indígenas tengan pleno acceso al sistema nacional de sanidad y puedan recibir toda la información en su lengua a través de intérpretes, en su sesión del 15 de diciembre, el Senado de la República aprobó una adición a la Ley General de Salud.
Por unanimidad, con un total de 83 votos a favor, los legisladores aprobaron una reforma al artículo 51 Bis1 y la adición del artículo 51 Bis4 a la citada legislación para integrar intérpretes y traductores de lenguas indígenas en hospitales generales y regionales, centros de salud, campañas y brigadas, a fin de hacer efectivo este derecho sin restricción alguna.
En el cuerpo del dictamen, los legisladores que dictaminaron la iniciativa explicaron que se basa en los artículos 2 y 4 de la Constitución Política que establecen que toda persona tiene derecho a la protección sin distinción de raza, sexo o religión, y que las autoridades tienen la obligación de asegurar el acceso efectivo a estos servicios mediante la ampliación de la cobertura del sistema nacional a los pueblos y comunidades indígenas.
“La discriminación de minorías étnicas, religiosas y lingüísticas, de los pueblos indígenas y de otros grupos marginados de la sociedad es un factor causal y potenciador de la pobreza… En aras de tener intérpretes de lenguas indígenas y salvaguardando los derechos de los pueblos indígenas, es que estas comisiones están a favor con modificaciones de la prepuesta”, manifestaron.
El dictamen aprobado se remitió a la Cámara de los Diputados, en su papel de colegisladora, para los efectos del artículo 72 constitucional.
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