Reformas aprobadas

Ley General de Responsabilidades Administrativas es avalada por el Senado

14 de Junio de 2016

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El Pleno del Senado de la República aprobó por 94 votos a favor y 23 en contra la Ley General De Responsabilidades Administrativas, cuyo objetivo es establecer las obligaciones y sanciones por actos u omisiones a funcionarios y particulares que incurran en faltas administrativas graves. La minuta se turnó a la Cámara de Diputados.

Consulta el dictamen avalado 

Entre los objetivos de la ley están: establecer los principios y obligaciones que rigen la actuación de los servidores públicos; establecer las faltas administrativas graves y no graves de los servidores públicos, las sanciones aplicables a estas faltas, así como los procedimientos para su aplicación y las facultades de las autoridades competentes para tal efecto.

La Auditoría Superior de la Federación (ASF) y las entidades de fiscalización superior de las entidades federativas serán competentes para investigar y sustanciar el procedimiento por faltas administrativas graves que detecten en sus auditorías; en caso de faltas administrativas no graves darán cuenta a los órganos internos de control, para que continúen la investigación y promuevan las acciones que procedan; y ante la presunta comisión de delitos, presentarán las denuncias correspondientes ante el ministerio público.

En un adendum aprobado por el Pleno, se modificó el artículo 29 de esta ley (conocido como la Ley 3 de 3) para establecer que las declaraciones patrimoniales y de intereses serán públicas, salvo los rubros cuya publicidad pueda afectar la vida privada o los datos personales protegidos por la Constitución. Previo al adendum, la ley señalaba que los funcionarios públicos estarían obligados a presentar y hacer públicas sus declaraciones de interés, patrimoniales y fiscales.  

Para cumplir la publicación de las declaraciones, salvo los casos descritos, el Comité Coordinador, a propuesta del Comité de Participación Ciudadana –ambos parte del Sistema Nacional Anticorrupción– emitirá los formatos respectivos, garantizando que los rubros que pudieran afectar los derechos de los aludidos queden en resguardo de las autoridades correspondientes.

Los legisladores avalaron las reservas presentadas por el Senador Manuel Cárdenas Fonseca a los artículos 3, 4, 27, 28, 29, 30, 31, 33, 36, 37, 46, 48, 73 y 81 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, con las cuales se acotan las posibilidades de usufructuar ilegalmente el patrimonio de todos los mexicanos.

Asimismo se aprobó la reserva del Senador del PRI, Miguel Romo Medina, al artículo 9, la cual señala que serán competentes para investigar e imponer las sanciones que correspondan, la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Consejo de la Judicatura Federal, conforme el régimen establecido en los artículos 94 y 104 de la Constitución y en su reglamentación interna correspondiente, los poderes judiciales de los estados y el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, así como sus consejos de la Judicatura respectivos, de acuerdo a lo previsto en los artículos 116 y 122 de la Constitución, así como sus constituciones locales y reglamentaciones orgánicas correspondientes.

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