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30 de Noviembre de 2022
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La Comisión de Estudios Legislativos Segunda del Senado de la República avaló un dictamen que tiene como objetivo imponer una pena de 20 a 40 años de prisión y de dos mil a 20 mil días de multa, a quien explote sexualmente a su pareja, al aprovecharse de la relación matrimonial, concubinato u otra relación sentimental.
El proyecto que reforma la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los delitos en materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos delitos, señala que en todos los casos en que se acredite esta conducta se declarará nulo el matrimonio y sin efectos el concubinato.
Asimismo, especifica que, una relación sentimental análoga es otra forma de unión sentimental que no llegue a constituirse en matrimonio, concubinato o sociedad de convivencia por razón de tiempo u otro requisito legal.
Por ello, senadoras y senadores propusieron, además, aplicar de 25 a 45 años de prisión y de dos mil 100 a 30 mil días de multa, a quien, con la finalidad de explotar sexualmente a su pareja o descendientes de esta, establezca alguna relación sentimental análoga.
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