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En la edición matutina del Diario Oficial de la Federación (DOF), se publicó el decreto por el que se expide la Ley Federal de Revocación de Mandato, reglamentaria de la fracción IX del artÃculo 35 de la Constitución PolÃtica de los Estados Unidos Mexicanos.
El decreto avalado por el Congreso de la Unión tiene por objeto regular y garantizar el ejercicio del derecho polÃtico de las ciudadanas y los ciudadanos a solicitar, participar y votar por la revocación del mandato de la persona que resultó electa popularmente como titular de la Presidencia de la República, por pérdida de confianza.
El documento señala que el inicio del proceso de revocación de mandato solamente procederá a petición de las personas ciudadanas en un número equivalente, al menos, al tres por ciento de las inscritas en la lista nominal de electores, siempre y cuando la solicitud corresponda a por lo menos 17 entidades federativas.
Asimismo, establece que el Instituto Nacional Electoral (INE) será el responsable de la organización, desarrollo y cómputo de la votación de los procesos de revocación de mandato y de llevar a cabo la promoción del voto, garantizando en todo momento, los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y máxima publicidad.
Además, indica que la pregunta objeto del proceso, es: ¿Estás de acuerdo en que a (nombre), Presidente/a de los Estados Unidos Mexicanos, se le revoque el mandato por pérdida de la confianza o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo?.
@NoticiaCongreso