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Cámara de Diputados recibe iniciativa del Ejecutivo en materia de sistema de pensiones

26 de Septiembre de 2020

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La presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados recibió este 25 de septiembre la iniciativa del titular del Ejecutivo Federal, Andrés Manuel López Obrador, con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social y de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, en materia de sistema de pensiones. 


La propuesta señala la implementación de acciones que “permitan recuperar la esencia de un sistema de pensiones consistentes en disminuir el umbral de semanas de cotización, aumentar las aportaciones para el retiro, ampliar la cobertura de los beneficios y mejorarlos a través de tres cambios fundamentales”.


Se prevé reducir el número de semanas de cotización que se requieren para gozar de las prestaciones de los seguros de cesantía en edad avanzada y vejez, de mil 250 a mil semanas de cotización al Seguro Social.


“Dicha disminución será paulatina e iniciará a la entrada en vigor del presente Decreto con un requisito de 750 semanas de cotización para obtener dichos derechos. El número necesario de semanas de cotización se irá incrementando gradualmente hasta alcanzar un total de mil semanas de cotización en el año 2031”, detalla el documento del Ejecutivo. 


Asimismo, propone incrementar, a partir de 2023, la aportación total a la cuenta individual de los trabajadores de 6.5 a 15 por ciento incluyendo la cuota social. 


Al respecto, se señala que la aportación que realizan los trabajadores se mantendrá en sus términos, mientras que la aportación patronal aumentará de 5.15 a 13.87 por ciento de manera gradual de 2023 a 2030.


  • “La aportación del Estado modifica su composición para beneficiar sólo a los trabajadores de menores ingresos, sin incrementar su monto total”. 


    El último cambio fija un aumento en el monto de la pensión garantizada que se otorga a los trabajadores que, cumpliendo con los requisitos para gozar de las prestaciones de cesantía y vejez, no tienen los recursos suficientes en su cuenta individual para obtener una pensión mayor.


    Con el objetivo de potenciar la pensión que puede obtener el trabajador con el saldo de su cuenta individual y diversificar los riesgos a los que está expuesto durante el periodo de gozo de la misma, se plantea ampliar las opciones a las que pueden acceder los trabajadores para disponer de los recursos de su cuenta individual. 


    Finalmente, señala que en el caso de fallecimiento del trabajador o pensionado, los beneficiarios designados no tendrán que acudir a una instancia jurisdiccional para ejercer sus derechos. 


    El documento fue remitido por el Ejecutivo Federal con fundamento en el artículo 71, fracción 1, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.




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