Reformas en DOF

Publica DOF Ley de Amnistía

23 de Abril de 2020

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  • El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó el decreto por el que se expide la Ley de Amnistía, la cual tiene como objetivo liberar a los presos que hayan sido procesados o se les haya dictado sentencia firme, siempre que no sean reincidentes respecto del delito por el que están indiciados o sentenciados por delitos graves.

    Asimismo, la ley publicada en el DOF el 22 de abril de 2020 señala que no se les otorgará amnistía a quienes hayan cometido delitos contra la vida o la integridad corporal, secuestro y todos los previstos en el artículo 19 de la Constitución Política.

  • ¿En qué consiste?

    La ley aprobada por ambas Cámaras del Congreso de la Unión contempla que se le otorgará amnistía a quienes hayan sido procesados por delitos como: aborto en cualquiera de sus modalidad; delitos contra la salud, siempre y cuando se trate de personas indígenas, en pobreza extrema o que hayan poseído narcóticos; personas de pueblos indígenas que no hayan accedido a la jurisdicción del Estado; por robo simple y sin violencia; y por delito de sedición
 

Finalmente, en la Ley de Amnistía, la cual se conforma de ocho artículos y cinco transitorios, se indica que dentro de los 180 días posteriores a la entrada en vigor de la ley, el Congreso de la Unión realizará un ejercicio de revisión de los delitos a que hace referencia este ordenamiento, con el objetivo de valorar la vigencia de sus elementos configurativos”.


  • El decreto por el que se expide la Ley de Amnistía se avaló por el Senado de la República el 20 de abril del 2020 con 68 votos a favor, 14 en contra y dos abstenciones; por su parte, la Cámara de Diputados avaló el dictamen el 11 de diciembre de 2019, con 306 votos a favor, 129 en contra y cuatro abstenciones. 


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