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El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó el decreto por el que se expide la Ley Federal para el Fomento y Protección al Maíz Nativo. Dicho ordenamiento cuenta con 13 artículos, los cuales tienen como objetivo declarar las actividades de producción, comercialización y consumo del maíz nativo como manifestación cultural, así como garantizar el derecho humano a una alimentación nutritiva, suficiente y de calidad.
En el decreto se establece la creación del Consejo Nacional del Maíz Nativo (CONAM), el cual fungirá como un órgano de consulta del Poder Ejecutivo Federal que tendrá como fin brindar su opinión en materia de protección al maíz nativo y en diversificación constante. Dentro de sus facultades se encuentra opinar en el diseño, planeación, programación y definición de políticas públicas sobre fomento y protección al maíz; impulsar la investigación y difusión del conocimiento de los maíces nativos en todo lo relativo a su producción y consumo; entre otras.
Asimismo, se especifica que existirán Bancos Comunitarios de Semillas de Maíz Nativos, los cuales serán centros de producción, selección, conservación y distribución de semillas de maíz nativo, que tienen como fin su preservación y administración de forma colectiva para su producción mediante sistemas tradicionales. El Estado fomentará la creación de dichos Bancos por parte de ejidos y comunidades, quienes podrán constituirlos de conformidad con su normatividad interna, usos o costumbres.
Finalmente, se señala que la SADER, la SEMARNAT, la Secretaría de Cultura y la CONAM identificarán conjuntamente las áreas geográficas en las que se practiquen sistemas tradicionales de producción de razas de maíz nativo, con base en la información con la que cuenten en sus archivos o en sus bases de datos.
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