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La Cámara de Diputados aprobó reformas al Código Penal Federal para establecer que las sanciones del delito de pederastia sean imprescriptibles, es decir, que no pierda vigencia ni validez, así como aumentar las sanciones a quien encubra a autores de este delito.
Sin discusión y con una votación unánime a favor de 411 votos, el Pleno de la Cámara Baja dio el visto bueno al dictamen de la Comisión de Justicia, por el que se reforma el artículo 209 Bis y 400 del Código Penal Federal. Luego de la votación, el dictamen fue turnado al Senado de la República para continuar con su trámite legislativo.
El dictamen también plantea que, en caso de que la persona que encubra el delito de pederastia, sea un servidor público, se le impondrán la destitución e inhabilitación para desempeñar empleo, cargo o comisión, hasta por un tiempo igual al de la pena de prisión impuesta al autor del delito.
Al presentar el dictamen, el diputado Rubén Cayetano García (Morena) refirió que la gravedad particular del delito de pederastia se explica por dos condiciones: el primero que implica la ejecución de un acto sexual en un menor de 18 años; y, la segunda que la ejecución del acto se condiciona por una relación de confianza. En este contexto, el legislador apuntó que la propuesta de reforma establece la posibilidad de agravar la sanción por parte de un servidor público y agregó que dichas sanciones serán imprescriptibles.
Por su parte, la diputada Verónica Beatriz Juárez Piña (PRD) precisó que el dictamen busca asegurar que quienes encubran a los que abusan de niñas y niños también sean castigados. Asimismo, durante su intervención refirió los casos de abuso sexual a niñas y niños por parte de sacerdotes durante los años de 1941 a 2019. Enfatizó que esta iniciativa abona a la erradicación de los delitos cometidos en contra del libre desarrollo de niñas, niños y adolescentes.
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