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17 de Septiembre de 2024
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El 15 de septiembre, en el Diario Oficial de la Federación (DOF) se publicó el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución, en materia de reforma del Poder Judicial.
Cabe recordar que el pasado 5 de febrero el titular del Ejecutivo Federal envió al Congreso de la Unión la reforma constitucional en materia de Poder Judicial, por lo que la Cámara de Diputados la turnó la Comisión de Puntos Constitucionales de la LXV Legislatura, quien avaló el dictamen 26 de agosto y lo turnó a la Mesa Directiva para sus efectos legislativos.
Posteriormente, al iniciar la LXVI Legislatura iniciaron los trabajos de discusión para su análisis y aprobación en el Pleno. La Cámara Baja aprobó el proyecto el 4 de septiembre y la turnó al Senado de la República.
Ya en el Senado, la minuta fue analizada en Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y Estudios Legislativos el 8 de septiembre donde fue aprobada por ambas comisiones y turnada a Mesa Directiva para posteriormente ser aprobada por el Pleno el 11 de septiembre y a los Congresos Locales.
El decreto establece que los integrantes del pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que actualmente se compone de 11 ministros, se reducirá a nueve. En esos términos, la gestión para las y los ministros pasó de 15 a 12 años con una presidencia rotatoria que se renovará cada dos años.
Entre otros aspectos relevantes, se destaca la selección de ministros, magistrados y jueces. Al respecto, se señala que, en el caso de ministros de la SCJN, magistrados del Tribunal Electoral y del Tribunal de Disciplina, se presentarán elecciones ordinarias con 30 candidaturas paritarias propuestas por los tres Poderes de la Unión.
Se indica que el Congreso de la Unión tendrá un plazo de 90 días naturales a partir de la entrada en vigor del presente decreto para realizar las adecuaciones a las leyes federales que correspondan para dar cumplimiento al mismo. Además, de que se aplicarán en lo conducente de manera directa las disposiciones constitucionales en la materia, así como en materia electoral.
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