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23 de Octubre de 2024
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En Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos del Senado, se aprobó en lo general y lo particular el dictamen donde se establece que las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad que contravengan adiciones y reformas constitucionales serán improcedentes.
El decreto reforma el primer párrafo fracción II del artículo 107 y, así como un último párrafo al artículo 105. Además, se incluye un segundo artículo transitorio donde se indica que los asuntos en trámite se resolverán de acuerdo a las disposiciones contenidas en el decreto
En la Comisión de Puntos Constitucionales, presidida por el senador Óscar Cantón Zetina (Morena) obtuvo 12 votos a favor y cinco en contra; mientras que la Comisión de Estudios Legislativos, la cual encabeza Senador Enrique Inzunza Cázares (Morena), aprobó el proyecto por 12 votos a favor y cinco en contra.
Al posicionarse sobre el dictamen, el senador de Morena, Saúl Monreal Ávila, destacó que la iniciativa no significa la eliminación del control judicial, sino una redefinición que busca optimizar el funcionamiento del sistema democrático. Subrayó que el proyecto refuerza lo establecido en el articulo135 de la Carta Magna.
Por Acción Nacional, el senador Ricardo Anaya Cortés consideró que con la propuesta será imposible impugnar, realizar amparos, acciones de inconstitucionalidad y controversias constitucionales. Agregó que de acuerdo a lo planteado se debe establecer mecanismos que resuelvan una reforma de procedimiento de esa naturaleza.
La senadora Claudia Edith Anaya Mota (PRI) resaltó que la reforma es regresiva en materia de los derechos humanos alcanzados. Por lo que mencionó que el Amparo Directo en revisión 1046/2012, indica que la retroactividad de la ley si potencia los derechos humanos y que se tomará siempre el principio pro-persona. En ese sentido, recalcó la importancia del factor indivisible en el desarrollo de la democracia.
A nombre del Partido Verde Ecologista de México, el senador Luis Alfonso Silva Romo destacó la pertinencia del dictamen en virtud de aclarar lo establecido en el artículo 61 de la Ley de Amparo, donde se indica la improcedencia de juicio de amparo contra reformas a la constitución.
El senador Alejandro González Yáñez (PT) indicó que se debe inhibir las interpretaciones de la constitución, por lo que resaltó que ningún poder puede estar sobre el constituyente permanente. En ese sentido, recordó que el actual marco legal indica que para reformar la constitución se requiere una mayoría calificada en ambas Cámaras y una aprobación de las mayorías de los Congresos locales.
La senadora de Movimiento Ciudadano, Alejandra Barrales Magdaleno subrayó que la iniciativa atenta contra los derechos humanos. Agregó que el Poder Reformador tiene límites de procedimiento y sustantivos, ya que se debe tomar en cuenta la forma en que se realizarán las reformas y sus alcances.
@NoticiaCongreso
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